Mucho se está hablando de la dación en pago en estos días desde que el Gobierno ha abierto la posibilidad a que las entidades bancarias acepten de manera voluntaria la dación en pago.
Sí, habéis leido bien, de manera voluntaria, y es que si estamos en el paro, sin otra fuente de ingresos y si el inmueble en litigio es nuestra primera vivienda, sólo entonces el banco o caja en cuestión podrá decidir, voluntariamente, si acepta la dación en pago.
Claro, el Gobierno dice que la mayoría de entidades la aceptarán de buena gana porque se trata de gente por debajo del umbral de la pobreza, y dicen que exigirán a las entidades que no la acepten sus motivos para no hacerlo. Os podéis imaginar el problema que les supone a las entidades explicar estos motivos.
Lo que queda claro es que lo que no se tiene que permitir es que un banco se quede una casa por el 60% de su valor. La casa se tiene que liquidar por, al menos, el 90% de su valor de tasación, dejando ese 10% como penalización por haber incumplido la obligación; una cantidad que debe ser más que suficiente para saldar la deuda (en caso contrario la planificación financiera de la persona hipotecada debe dejar mucho que desear, aunque también la del banco por no preverlo, pero esta es otra discusión).
Lo que ocurre es que en tiempos de crisis como el actual, el 90% del valor de una vivienda que vale la mitad puede no cubrir el importe, máxime cuando se otorgaron hipotecas al 120% del valor de la vivienda hipotecada cuando ya de por si la vivienda estaba sobrevalorada. Para estos casos la dación en pago es la solución pero... ¿lo es para el futuro?
No hay comentarios:
Publicar un comentario