Ha costado que nos quede claro porque Cristobal Montoro se explico mal hablando en términos de subidas relativas y sin concretar el porcentaje definitivo.
Pero hoy sabemos que, más que probablemente y aún a falta de que se publique en el BOE, los nuevos tipos impositivos para el ahorro (rentas de capital) serán:
- 21% hasta 6.000 euros en rentas de capital
- 25% para las rentas superiores a 6.000 euros e inferiores a 24.000 euros
- 27% para todas las rentas superiores a 24.000 euros
Al respecto tenemos que decir dos cosas: la primera que las cantidades de las que hablamos no son las cuantías de los depósitos bancarios, sino los intereses generados por los mismos. No significa que para depósitos superiores a 6.000 euros nos apliquen el 25% o el 27% sino que estos tipos se aplican si tenemos, a lo largo de un año, unos intereses generados por nuestro capital superior a 6.000 euros.
La segunda es que la retención será del 21% para nuestros depósitos, cuentas, fondos, etcétera, y ya si tenemos una buena cantidad de euros generados a lo largo de un año (más de 6.000), pagaremos o bien el 25% o el 27% pero ya en nuestro IRPF.
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