El próximo 28 de Abril de 2013 será el día en el que los índices IRPH Bancos e IRPH Cajas tornará a su fin, y el único índice IRPH que quedará será el IRPH Entidades.
Por lo tanto si nuestra hipoteca está, por desgracia, vinculada al IRPH Cajas o al IRPH Bancos, tendremos que mirar en la escritura de la hipoteca si aparece índice de sustitución recogido, pudiéndonos encontrar con los siguientes casos:
- En parte de las hipotecas ya venía establecido que en caso de desaparecer el índice IRPH Bancos o IRPH Cajas, la referencia pasaría a ser el Euribor + diferencial o el IRPH Conjunto de Entidades + diferencial.
- También puede ocurrir que venga establecido el tipo de referencia pero no el diferencial. En este caso tendremos que negociar con la entidad, que nos dejen el tipo de interés sin diferencial (difícil) o tendremos que subrogar la hipoteca en caso de no llegar a un acuerdo.
- Puede ser que venga como referencia uno de los otros tipos que también desaparecen (CECA, TAR...), en este caso tocará negociar como en el caso anterior.
- También puede ser que no venga especificado nada.
En este último caso, o en otros, pueden decirnos que simplemente esto ha sido un cambio de nomenclatura y que IRPH Cajas e IRPH Bancos se agrupará en IRPH Entidades. En realidad son tipos de referencia diferentes y en la orden legislativa no se habla de ninguna reagrupación. No está claro que puedan hacer esto (que es lo que más les conviene).
Negociar, negociar y negociar. Haceos fuertes y defended vuestros derechos si estáis en una de estas situaciones. Es el mejor consejo que os podemos dar.
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