Existe un tipo de depósitos que, salvo por el nombre, bien podríamos asemejarlos al funcionamiento de una cuenta altamente remunerada.
Todo depósito que, sin comisión por cancelación anticipada y con liquidación de intereses parcial por el tiempo transcurrido esté ofertado, podríamos, a priori, considerarlo una “cuenta de alta remuneración” travestida.
Si a esto le añadimos una liquidación de intereses mensual (importante) y la capacidad para hacer un infinito número de imposiciones y cancelaciones parciales, esta característica se hace más patente.
Pero lo más importante y lo que no debemos confundir es que el depósito, además de no “cobrarnos” una comisión por cancelación anticipada nos liquide los intereses. Es decir, una cosa no implica la otra. Puede existir, y de hecho existen, depósitos que, sin cobrar ninguna comisión por cancelación anticipada, si cancelamos, nos reintegrarán el capital y ya está. Aquí el contrato de depósito sí ha hecho su labor, nos ha retenido un capital durante X tiempo para si, realmente lo cumplimos, darnos unos intereses, si no es así, no hacerlo.
En el foro de www.depositosbancarios.com al cual os invito se ha comentado en alguna ocasión estas características, como, por ejemplo, la Cuenta Depósito de Oficinadirecta.com.
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